El 28 de octubre se conmemora en el Caribe el día de la lengua Kréyol, que permite que más de once millones en la región se comuniquen. En Cuba para miles de descendientes haitianos es también su lengua materna. En el ambiente de festividad y nostalgia de la celebración de los descendientes en Cuba, quienes se empeñan en preservar el patrimonio de sus antepasados y sonar los tambores que invocan a los loas para hacer un mundo de paz y prosperidad para Cuba y Haití, el excelentísimo embajador de Haití en Cuba, Sr Jean Victor Généus,me dijo con la certeza de que siendo historiadora, no olvidaría la fecha de emisión de un documento histórico, trascendental. En realidad no lo recordaba, aunque es uno de los anexos del libro que escribí: Haití en la memoria.
El recordatorio del prestigioso investigador y diplomático, me hizo saber, que el pueblo haitiano no olvida.
Hace 46 años, el 28 de octubre de 1967, Jorge Risquet Valdés en su condición de Ministro de Trabajo, firmaba la Resolución no 202 “concediendo prestaciones de seguridad social a largo plazo a los trabajadores haitianos, jamaicanos y de las Antillas Menores.” La ejecución del pago a estos trabajadores se realizaría en forma paulatina, comenzando por la provincia de Camagüey en ese año, proyectándose para el año 1968 la provincia de Oriente.
En la fundamentación de la Resolución se expresa lo siguiente:
Los monopolios azucareros imperialistas y los ricos hacendados reeditaron en el Siglo XX la abolida trata de esclavos de los siglos anteriores a través de la importación de centenares de miles de hombres provenientes de Haití, Jamaica y las Antillas Menores eran arrojados a los cañaverales en virtual condición de siervos.
Estos trabajadores fueron esquilmados inmisericordemente y vejados y discriminados por su triple condición de peones agrícolas, negros y extranjeros, para lo cual se confabulaban criminalmente magnates azucareros, gobernantes y guardias rurales.
Durante media siglo más de un cuarto de millón de trabajadores extranjeros en sucesivos contingentes participaron de la zafra azucarera, la cosecha de café y otras labores agrícolas, devengando salarios misérrimos aun más bajos que los que percibían los trabajadores cubanos, viviendo en condiciones. infrahumanas, privados de todo derecho y de todo amparo, merced a la arbitrariedad del mayoral, la estafa del tendero, el plan de machete de la guardia rural y la amenaza constante de ser totalmente despojados y reembarcados a su país de origen donde las condiciones imperantes eran similarmente insoportables.
Con el sudor y el sacrificio de estos desdichados inmigrantes, amasaron fabulosas fortunas hacendados, terratenientes y gobernantes.
Al triunfar la revolución, abolir la explotación del hombre por el hombre, la discriminación racial y nacional, estos trabajadores inmigrantes devinieron hombres libres plenamente iguales que sus hermanos los trabajadores cubanos en una sociedad socialista.
La mayoría de estos trabajadores por razón de edad y condiciones físicas no pueden proseguir en forma estable aportando su valioso esfuerzo a la producción agropecuaria y no reúnen todos los requisitos de la vigente Ley 1100 de 1963 de Seguridad Social para ser amparados por ese régimen legal, se hace necesario dictar las medidas oportunas para que los mismos disfruten de una prestación de seguridad social a largo plazo, al mismo tiempo que se les permita que en la medida de sus posibilidades participen eventualmente en dichas labores.
Resolvía:
Que por la Dirección de Seguridad Social se otorgue a los trabajadores haitianos, jamaicanos y de las Antillas Menores, una prestación de seguridad social a largo plazo por las causales expuestas en la misma, en la cuantía de CUARENTA PESOS ($40.00) mensuales aunque no reúnan todos los requisitos de la Ley No.1100 de 27 de marzo de 1963.
La cuantía de esta prestación no se verá afectada por los beneficios de atención médica, hospitalaria, de asilo y otros que brinda al Ministerio de Salud Pública.
Las prestaciones que se concedan a tenor de esta resolución quedan sujetas a las disposiciones de la Ley 1100 de 27 de marzo de 1963 en cuanto al régimen de limitaciones de cuantía, transmisiones por causa de muerte, suspensión, modificación y extinción, quedando autorizados sus beneficiarios para que en la medida de sus posibilidades participen eventualmente en las labores de producción agropecuarias, sin perjuicio de continuar percibiendo la prestación.
La Dirección de Seguridad Social de este Ministerio queda encargada del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución, autorizándose para que dicten las medidas administrativas necesarias, a esos fines
DADA en La Habana, Ministerio del Trabajo, el 28 de Octubre de 1967.
Respecto a esta decisión, Risquet escribió: “Todavía recuerdo con qué satisfacción el Comandante en Jefe aprobó mi proyecto de Resolución, como Ministro de Trabajo y Seguridad Social sobre la jubilación de los trabajadores antillanos. Me preguntó: ¿por qué 40 pesos mensuales nada más, igual para todos?”.
Hube de explicarle que la legislación vigente no permitía otra cifra, ya que justamente los haitianos no poseían documentos que acreditaran el tiempo trabajado y los salarios recibidos y que esa cifra era la que percibía la mayoría de los jubilados, dado los misérrimos promedios salariales del capitalismo agrícola.”
El triunfo de la Revolución dio a los trabajadores inmigrantes radicados en Cuba los mismos derechos que a los nacionales, sin embargo los haitianos y demás caribeños no podían justificar sus años de trabajo, por esa razón la Resolución no 202 los incluía en la seguridad social referente a la jubilación.
El sentimiento de Cuba hacia Haití hay que buscarlo en la historia, aunque se potencia en las coyunturas. El envío de la brigada médica cubana a Haití, en 1998, con medicamentos y todo lo necesario para socorrer a la población afectada por los huracanes George y Mitch que en octubre de ese año arrasaban en el Caribe y Centroamérica, marcó una nueva etapa de la ayuda solidaria a la tierra generosa, de Toussaint Loverture. Cientos de jóvenes haitianos vinieron a la Escuela Caribeña de Santiago de Cuba, parte del proyecto ELAM a estudiar medicina.
Al ocurrir el terremoto en enero del 2010 el personal de la salud cubano corrió la misma suerte, la angustia y el riesgo y fueron los primeros en organizarse y ofrecer servicios médicos. La ayuda se incrementó y el Contingente Henry Reeve en horas partió para reforzar la atención médica a los damnificados. Para Fidel, ayudar a Haití es una deuda moral con el país que hizo la primera revolución social que abolió la esclavitud y proclamó la independencia en nuestra América, por ello inculcó en los egresados de la ELAM ese noble sentimiento que es la solidaridad y el internacionalismo y los convocó a marchar a ese país.
Para Cuba se trataba de saldar deuda con los haitianos que aportaron su sangre en las guerras por la independencia y su sudor en los cañaverales y cafetales, por su aporte a la cultura nacional.
Dra. Gloria M. León Rojas. (Historiadora, miembro de la UNEAC, UNHIC y ADHILAC)
El recordatorio del prestigioso investigador y diplomático, me hizo saber, que el pueblo haitiano no olvida.
Hace 46 años, el 28 de octubre de 1967, Jorge Risquet Valdés en su condición de Ministro de Trabajo, firmaba la Resolución no 202 “concediendo prestaciones de seguridad social a largo plazo a los trabajadores haitianos, jamaicanos y de las Antillas Menores.” La ejecución del pago a estos trabajadores se realizaría en forma paulatina, comenzando por la provincia de Camagüey en ese año, proyectándose para el año 1968 la provincia de Oriente.
En la fundamentación de la Resolución se expresa lo siguiente:
Los monopolios azucareros imperialistas y los ricos hacendados reeditaron en el Siglo XX la abolida trata de esclavos de los siglos anteriores a través de la importación de centenares de miles de hombres provenientes de Haití, Jamaica y las Antillas Menores eran arrojados a los cañaverales en virtual condición de siervos.
Estos trabajadores fueron esquilmados inmisericordemente y vejados y discriminados por su triple condición de peones agrícolas, negros y extranjeros, para lo cual se confabulaban criminalmente magnates azucareros, gobernantes y guardias rurales.
Durante media siglo más de un cuarto de millón de trabajadores extranjeros en sucesivos contingentes participaron de la zafra azucarera, la cosecha de café y otras labores agrícolas, devengando salarios misérrimos aun más bajos que los que percibían los trabajadores cubanos, viviendo en condiciones. infrahumanas, privados de todo derecho y de todo amparo, merced a la arbitrariedad del mayoral, la estafa del tendero, el plan de machete de la guardia rural y la amenaza constante de ser totalmente despojados y reembarcados a su país de origen donde las condiciones imperantes eran similarmente insoportables.
Con el sudor y el sacrificio de estos desdichados inmigrantes, amasaron fabulosas fortunas hacendados, terratenientes y gobernantes.
Al triunfar la revolución, abolir la explotación del hombre por el hombre, la discriminación racial y nacional, estos trabajadores inmigrantes devinieron hombres libres plenamente iguales que sus hermanos los trabajadores cubanos en una sociedad socialista.
La mayoría de estos trabajadores por razón de edad y condiciones físicas no pueden proseguir en forma estable aportando su valioso esfuerzo a la producción agropecuaria y no reúnen todos los requisitos de la vigente Ley 1100 de 1963 de Seguridad Social para ser amparados por ese régimen legal, se hace necesario dictar las medidas oportunas para que los mismos disfruten de una prestación de seguridad social a largo plazo, al mismo tiempo que se les permita que en la medida de sus posibilidades participen eventualmente en dichas labores.
Resolvía:
Que por la Dirección de Seguridad Social se otorgue a los trabajadores haitianos, jamaicanos y de las Antillas Menores, una prestación de seguridad social a largo plazo por las causales expuestas en la misma, en la cuantía de CUARENTA PESOS ($40.00) mensuales aunque no reúnan todos los requisitos de la Ley No.1100 de 27 de marzo de 1963.
La cuantía de esta prestación no se verá afectada por los beneficios de atención médica, hospitalaria, de asilo y otros que brinda al Ministerio de Salud Pública.
Las prestaciones que se concedan a tenor de esta resolución quedan sujetas a las disposiciones de la Ley 1100 de 27 de marzo de 1963 en cuanto al régimen de limitaciones de cuantía, transmisiones por causa de muerte, suspensión, modificación y extinción, quedando autorizados sus beneficiarios para que en la medida de sus posibilidades participen eventualmente en las labores de producción agropecuarias, sin perjuicio de continuar percibiendo la prestación.
La Dirección de Seguridad Social de este Ministerio queda encargada del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución, autorizándose para que dicten las medidas administrativas necesarias, a esos fines
DADA en La Habana, Ministerio del Trabajo, el 28 de Octubre de 1967.
Respecto a esta decisión, Risquet escribió: “Todavía recuerdo con qué satisfacción el Comandante en Jefe aprobó mi proyecto de Resolución, como Ministro de Trabajo y Seguridad Social sobre la jubilación de los trabajadores antillanos. Me preguntó: ¿por qué 40 pesos mensuales nada más, igual para todos?”.
Hube de explicarle que la legislación vigente no permitía otra cifra, ya que justamente los haitianos no poseían documentos que acreditaran el tiempo trabajado y los salarios recibidos y que esa cifra era la que percibía la mayoría de los jubilados, dado los misérrimos promedios salariales del capitalismo agrícola.”
El triunfo de la Revolución dio a los trabajadores inmigrantes radicados en Cuba los mismos derechos que a los nacionales, sin embargo los haitianos y demás caribeños no podían justificar sus años de trabajo, por esa razón la Resolución no 202 los incluía en la seguridad social referente a la jubilación.
El sentimiento de Cuba hacia Haití hay que buscarlo en la historia, aunque se potencia en las coyunturas. El envío de la brigada médica cubana a Haití, en 1998, con medicamentos y todo lo necesario para socorrer a la población afectada por los huracanes George y Mitch que en octubre de ese año arrasaban en el Caribe y Centroamérica, marcó una nueva etapa de la ayuda solidaria a la tierra generosa, de Toussaint Loverture. Cientos de jóvenes haitianos vinieron a la Escuela Caribeña de Santiago de Cuba, parte del proyecto ELAM a estudiar medicina.
Al ocurrir el terremoto en enero del 2010 el personal de la salud cubano corrió la misma suerte, la angustia y el riesgo y fueron los primeros en organizarse y ofrecer servicios médicos. La ayuda se incrementó y el Contingente Henry Reeve en horas partió para reforzar la atención médica a los damnificados. Para Fidel, ayudar a Haití es una deuda moral con el país que hizo la primera revolución social que abolió la esclavitud y proclamó la independencia en nuestra América, por ello inculcó en los egresados de la ELAM ese noble sentimiento que es la solidaridad y el internacionalismo y los convocó a marchar a ese país.
Para Cuba se trataba de saldar deuda con los haitianos que aportaron su sangre en las guerras por la independencia y su sudor en los cañaverales y cafetales, por su aporte a la cultura nacional.
Dra. Gloria M. León Rojas. (Historiadora, miembro de la UNEAC, UNHIC y ADHILAC)